jueves, 14 de mayo de 2009

Sobre la ley del arresto ciudadano

A continuación, la versión de Perú 21

14/05/2009

El Congreso aprobó la ley del arresto ciudadano
http://peru21.pe/noticia/286569/congreso-aprobo-ley-arresto-ciudadano

La norma fue aprobada con 56 votos a favor, 20 en contra y una abstención en el Pleno. Se le exoneró de segunda votación y quedó lista para su promulgación. Entrará en vigencia el 1 de julio.

Con 56 votos a favor, 20 en contra y una abstención, el Pleno del Congreso aprobó este jueves 14-5-09 el proyecto de ley del arresto ciudadano, que modifica los artículos 259 y 260 del Código Procesal Penal.

La medida permitirá a los ciudadanos y serenos detener a un delincuente sorprendido en delito flagrante para entregarlo inmediatamente a la Policía. Esta fue exonarada de una segunda votación y quedó lista para su promulgación por parte del Ejecutivo.

Cabe indicar que con esta aprobación se adelantó la vigencia del artículo 259, que establece que la Policía no necesitará de un mandato judicial para apresar a una persona sorprendida cometiendo un delito. Con respecto al artículo 260, este faculta a cualquier persona a proceder con el arresto de un malhechor pillado con “las manos en la masa”.

El presidente de la Comisión de Justicia del Congreso, Juan Carlos Eguren, estimó que la norma entraría en vigencia el primero de julio y que esta se justifica por la alta sensación de inseguridad en el país.

De hecho, la figura del “arresto ciudadano’ ya se encuentra vigente en diversas localidades del país como Huaura, La Libertad, Tacna, Moquegua y Arequipa.

Según información recogida por la Asociación Pro Seguridad Ciudadana, desde que entró en vigencia esta norma en tales jurisdicciones – hace más o menos un año – se han registrado 168 arrestos a delincuentes, sin heridos que lamentar.

A continuación, la versión de Trome

15/05/2009

Luz verde al arresto ciudadano
Por Tábatha Paredes
http://www.trome.com/tonline/Html/2009-05-14/ontractualidad1002395.html

Desde el 1 de julio, la ciudadanía podrá detener a delincuentes en flagrante delito y ponerlos a disposición de la Policía, según el dictamen aprobado por el Pleno del Congreso.

Se modifica el artículo 259 del Código Procesal Penal, referido a la flagrancia, permitiendo que se aplique inmediatamente, y no hasta 24 horas después de registrado el acto delictivo, como ocurre en la actualidad.

Asimismo, el artículo 260, cuya vigencia ha sido adelantada a este año, señala que toda persona puede proceder al arresto en estado de flagrancia delictiva, debiendo entregar al detenido y el cuerpo del delito a la Policía.

Para arrestar a un delincuente, el ciuadadano tendría que estar en posibilidad de reducirlo, ya sea mediante el floro, un poco de karate, un revólver, una metralleta, una granada, chaleco antibalas, juntarse con cuatro hombres más con igual entrenamiento por cada delincuente a arrestar, contar con un auto patrullero o camioneta, con sirena y circulina y por último esperar que lo atiendan en la comisaría adonde va a entregar al señor arrestado, en condiciones "sano y salvo" y con sus "derechos humanos" salvaguardados. De cualquier otra manera, el ciudadano metido a arrestador podría terminar como mínimo enjuiciado y como máximo, muerto.

A continuación, la versión de Perú 21

15/05/2009

"El arresto ciudadano pone en peligro la vida de las personas"
http://peru21.pe/noticia/287043/arresto-ciudadano-pone-peligro-vida-personas

Gabriel Prado, especialista del Instituto para la Seguridad Ciudadana, afirmó que la medida no reducirá el índice de criminalidad que existe en el país. Sin embargo, para el Ministerio de Justicia, esta disposición reforzará la seguridad de las personas.

Prado advirtió que el ciudadano común no está preparado para enfrentar a la delincuencia organizada.

Gabriel Prado, experto del Instituto Para la Seguridad Ciudadana, consideró hoy “contraproducente” la norma aprobado por el Congreso que permite a los ciudadanos detener a los delincuentes que sean sorprendidos en flagrante delito y entregarlos a la Policía.

“Esta iniciativa no va a lograr los impactos que se quiere, que es el de bajar el alto índice de inseguridad y criminalidad en nuestro país. El Estado pone en riesgo a los ciudadanos atribuyéndoles esta competencia que no es la más indicada ni la más correcta”, afirmó a Perú21.pe.

En palabras del presidente de la Comisión de Justicia del Parlamento, Juan Carlos Eguren, se ha optado por adelantar la entrada en vigencia de los artículos 259 y 260 del nuevo Código Procesal Penal sobre la figura del arresto, porque se han obtenido logros importantes en las jurisdicciones donde se implementó (Huaura y La Libertad).

Según Prado, el arresto ciudadano pone en peligro la integridad de las personas, ya que “el crecimiento de la delincuencia y su profesionalización” evidencian la existencia de bandas organizadas, en las que el uso de armas de fuego se está convirtiendo en una constante.

“Una persona que no tiene ninguna preparación puede ser privada de su salud al tratar de defender un bien material de estos individuos, que no tienen en claro cuáles son los límites entre el respeto a la integridad y a la vida”, añadió.

Además, sostuvo que “el monopolio de la fuerza la tiene el Estado y este es el que lo ejecuta a través de sus instituciones, que en los casos de seguridad ciudadana es la Policía”, por lo que rechazó convocar la participación de la población en este asunto.

Asimismo, advirtió que la norma, en caso sea promulgada, originaría un problema constitucional, porque para que entre en vigencia se necesitaría modificar la Carta Magna, ya que “una persona es pasible de detención solo cuando hay una orden de un juez, y esta situación no se puede extender gratuitamente”. Dijo esperar que el presidente Alan García la observe.

Prado prefirió tomar con pinzas los argumentos del legislador Juan Carlos Eguren, porque sostuvo que “no hay provincia del país que tenga garantizada tranquilidad y paz pública”. Por ese motivo, pidió analizar los resultados dentro de cuatro o cinco años.

AYUDARÁ A LA SEGURIDAD. Sin embargo, en el Ejecutivo, que deberá promulgar esta norma, tiene una percepción distinta. El viceministro de Justicia, Erasmo Reyna, dijo que la puesta en vigencia, a partir del 1 de julio, de la ley que permite el arresto ciudadano en caso de flagrancia contribuirá a garantizar la seguridad de las personas.

“Esta propuesta surgió desde el Ministerio de Justicia y la promovimos porque en los lugares donde ya se aplicaba ha funcionado. El año pasado hubo 46 arrestos en Huaura y 546 en La Libertad, y sin queja alguna. Por ello, es una importante herramienta que contribuye a la seguridad ciudadana”, dijo en entrevista en Radio San Borja.

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