sábado, 16 de mayo de 2009

Sobre la PNP y su nuevo reglamento

A continuación, la versión de El Comercio

16/05/2009

Solo policías de tránsito podrán imponer papeletas
http://www.elcomercio.com.pe/noticia/287312/solo-policias-transito-podran-imponer-papeletas_1

Los demás solo pueden intervenir a conductores cuando operen en conjunto. Ciudadanos podrán usar cámaras de video o foto para denunciar coimas

Por: Alberto Villar Campos

Aunque faltan aún dos meses para que se publique el reglamento de la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, el general (r) Eduardo Pérez Rocha, asesor del Ministerio del Interior, adelantó que los ciudadanos podrán hacer uso de cámaras fotográficas o de video para registrar a aquellos agentes que pidan o reciban coimas.

El funcionario refirió que el procedimiento de denuncia será detallado en ese reglamento. En líneas generales, la persona a la que se le cobró la dádiva podrá denunciar el hecho en la comisaría más cercana. Para ello el ciudadano tiene derecho a solicitar a los agentes que se identifiquen.

En este sentido, explicó que si bien en el 2003 se dieron disposiciones para que cualquier agente imponga sanciones en las vías, desde hace tres meses el Alto Comando de la PNP ha ordenado que solo los miembros de la Policía de Tránsito y agentes de comisarías asignados a funciones de tránsito sean quienes cumplan la labor.

“Solo ellos poseen los talonarios de papeletas, siempre fue así. Los agentes de Emergencias, Escuadrón Verde u otro, por citar nombres, solo podían fiscalizar o pedir documentos en caso presencien una infracción vial, y de ahí derivar al culpable a una delegación o algún agente de tránsito para que le pongan la papeleta. Hubo quienes amenazaban con imponer multas sin tener cómo hacerlo; así se extendió la coima”, sostuvo Pérez Rocha.

Según dijo, un oficial en patrullero no debe detener y multar a un conductor a menos que se trate de una intervención masiva —coordinada con diferentes unidades policiales— y en las que, obviamente, esté algún policía de tránsito o su afín.

“El nuevo régimen considera muy grave el que un policía cometa actos irregulares, y el incumplimiento de esta disposición lo es. También es una falta que se pida al conductor acercarse al patrullero cuando es al revés”, añadió.

Para el especialista en temas de seguridad Gabriel Prado, es necesario que el Ministerio del Interior establezca mecanismos para proveer al ciudadano denunciante de un respaldo legal, así como la confidencialidad que evite posibles represalias.

El nuevo régimen califica a este tipo de infracciones de muy graves y las castiga con el pase al retiro del agente.

SANCIONES EN CUESTIÓN

Sobre las sanciones del régimen para aquellos policías que tengan relaciones extramatrimoniales u homosexuales, Pérez Rocha indicó que esto se hará efectivo solo cuando los casos “causen escándalo o menoscaben la imagen institucional”. No obstante, el abogado penalista Luis Lamas Puccio consideró que el término “escándalo” carece de rigurosidad, pues puede tener más de una interpretación.

En tanto, la directora del Consejo de la Prensa Peruana (CPP), Kela León, señaló que la ministra del Interior, Mercedes Cabanillas, aceptó evaluar la modificación del artículo 15 del régimen disciplinario, referente a la relación de la policía con los medios de comunicación. Ese artículo prohíbe a los policías dar información a la prensa sin antes haber sido autorizado por el director general o su comando. León adelantó que el documento con las modificaciones del CPP será entregado a la titular del Interior la semana entrante.

Investigaciones y sanciones

Un informe de la Defensoría del Pueblo indicó que, entre el 2006 y el 2007, el Tribunal Nacional Administrativo de la PNP investigó 928 inconductas dentro de esta institución que derivaron en 752 casos. De estos, las conductas más investigadas fueron embriagarse fuera del servicio, faltar a su centro de labores por más de siete días y participar en forma dolosa en la sustracción del patrimonio público. De los 197 oficiales investigados, 179 fueron sancionados, 5 fueron absueltos y en 13 casos el tribunal policial declaró la nulidad del procedimiento.

EN PUNTOS

El régimen disciplinario castiga con el pase a situación de retiro al agente que practique actos de tortura, tratos inhumanos o discriminatorios a las personas que se encuentren bajo su custodia.

Sanciona con la misma dureza a aquel que presente ante órganos o dependencias policiales documentos falsos o adulterados.

Si un policía se embriaga o consume drogas prohibidas fuera del servicio, afectando la imagen institucional, también será castigado con el retiro de la institución.

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