lunes, 29 de diciembre de 2008

Arresto ciudadano

Esto es lo más recientemente publicado que encontré en la web sobre el asunto "Arresto ciudadano": clic

Si alguien sabe más, avise.

1 comentario:

  1. Viceministro de Justicia: Arresto ciudadano será facultativo y no da derecho a investigar a otros
    Mar, 25/11/2008 - 20:51

    Aquí

    El viceministro de Justicia, Erasmo Reyna sostuvo que el proyecto de ley sobre arresto ciudadano no será obligatorio y no da derecho a investigar a otros o incautar bienes.

    La norma fue aprobada en la Comisión de Justicia que entraría en vigencia a partir del 1 de enero del 2009, previa aprobación del Pleno del Congreso

    Reyna explicó que la persona no está en obligación de ponerlo en práctica. “El hecho de aplicar el arresto ciudadano no convierte a la persona en policía, por tanto no le da derecho a incautar o investigar al supuesto delincuente. Sólo podrá arrestarlo y llevarlo a una comisaría”, aclaró.

    Del mismo lado, el viceministro estimó que el arresto ciudadano pueda replicarse en todo el Perú y así brindar mayor seguridad. Para ello, ya se coordina su difusión en todo el territorio nacional.

    Asimismo, Reyna destacó que la norma se viene aplicando con buen criterio en otros países como Argentina, Colombia, Nicaragua y, en nuestro país, en ciudades donde ya se implementó el nuevo Código Procesal Penal, como en Huaura, La Libertad, Moquegua, Tacna y Arequipa. “Desde julio del 2006 a la fecha se han registrado 150 casos de arresto ciudadano, sin reportarse abuso alguno”, remarcó.

    Finalmente, rechazó enfáticamente acciones de la población. “El hecho de linchar o tomar acciones con sus propias manos no es arresto ciudadano. Más bien se trata de un atentado contra la integridad de la persona. Eso lo rechazamos”, aclaró. (Con información de Andina).

    EL DATO

    El proyecto de ley, que propone el arresto ciudadano, fue aprobado por mayoría por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso el pasado 18 de noviembre, a fin de que entre en vigencia el 1 de enero del próximo año.

    ResponderEliminar